El 25 de febrero la Corte Suprema está considerando qué factores pueden considerar los jueces federales al revocar la libertad supervisada de una persona y sentenciarla por violar las condiciones de la libertad.
En la libertad supervisada, un preso es puesto en libertad, pero se encuentra en libertad restringida durante un período determinado. Durante ese tiempo, debe cumplir condiciones específicas y estar supervisado por un funcionario de libertad condicional. Si viola esas condiciones, puede ser enviado de nuevo a prisión.
En el caso Esteras vs. Estados Unidos, que la corte acordó escuchar el 21 de octubre de 2024, se espera que los jueces examinen un desacuerdo entre varias cortes de apelaciones federales sobre qué factores pueden tener en cuenta los jueces al momento de sentenciar a alguien por violar las condiciones de la libertad supervisada.
También determinarán si los jueces pueden tomar en cuenta factores no mencionados en la ley de libertad supervisada, que incluye la Sección 3583(e) del Título 18 del Código de Estados Unidos.
El demandante principal, Edgardo Esteras, quien fue condenado por un delito federal no especificado, dijo en su demanda que la Corte Suprema debería tomar su caso porque hay una división entre las cortes federales de apelaciones que debe resolverse.
Cinco cortes de apelaciones han determinado que las cortes de distrito federales pueden analizar los factores identificados en la Sección 3553(a)(2)(A) del mismo estatuto, pero cuatro cortes de apelaciones han decidido que no pueden hacerlo, según la demanda.
Los factores de esa sección incluyen la necesidad de que la sentencia refleje la gravedad del delito, promueva el respeto por la ley y proporcione un castigo justo por el delito.
Los fiscales argumentaron que las cortes de apelaciones pueden considerar estos factores y que "cualquier desacuerdo modesto entre las cortes de apelaciones sobre la cuestión presentada no tiene ningún efecto práctico", dice la demanda.
El caso se remonta a 2018, cuando Esteras se declaró culpable de conspiración para distribuir heroína.
Las pautas de sentencia preveían una pena de 15 a 21 meses, pero la corte federal de distrito lo condenó a 12 meses de prisión, que se sumarían a los 15 meses de prisión por violar la libertad condicional por una condena federal anterior por tráfico de drogas, y luego sería seguido por seis años de libertad supervisada.
En su decisión del 16 de agosto de 2023, la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Sexto Circuito hizo referencia a la declaración de culpabilidad de Esteras de 2018.
El Sexto Circuito dijo que el período de seis años de libertad supervisada comenzó en enero de 2020. En enero de 2023, los funcionarios de libertad condicional notificaron a la corte de distrito que Esteras violó las condiciones de su libertad supervisada al cometer actos de violencia doméstica y poseer un arma de fuego. Los funcionarios le dijeron más tarde a la corte que los nuevos cargos penales se habían retirado a petición de la víctima.
Cuando la corte de distrito examinó la acusación del gobierno de que Esteras había violado los términos de la libertad supervisada, la corte determinó que había poseído un arma de fuego, pero se negó a determinar que hubiera cometido una nueva violación legal. La corte revocó la libertad supervisada y lo condenó a 24 meses de prisión, seguidos de tres años de libertad supervisada, dijo la corte de circuito.
Esteras se opuso a la corte de distrito considerando los factores establecidos en la Sección 3553(a)(2)(A).
En su fallo, el Sexto Circuito citó su propio precedente de Estados Unidos vs. Lewis de 2007, que establece "que no constituye un error reversible considerar la [Sección] 3553(a)(2)(A) al imponer una sentencia por violación de la libertad supervisada, aunque este factor no esté enumerado en la [Sección] 3583(e)".
La corte de circuito confirmó la sentencia de la corte de distrito.
En un escrito del 30 de agosto de 2024, la entonces Procuradora General Elizabeth Prelogar instó a la Corte Suprema a rechazar la demanda de Esteras.
El desacuerdo entre las cortes de circuito "no cambiaría el resultado de los casos de los demandantes, en los que las cortes de distrito se refirieron brevemente a los factores de la Sección 3553(a)(2)(A) mientras consideraban factores indiscutiblemente permisibles".
Prelogar dijo que la Corte Suprema "ha negado reiteradamente la revisión en otros casos que presentan esta cuestión" y luego enumeró cinco de esos casos que la corte superior decidió no revisar.
El abogado de Esteras, el defensor público federal adjunto Christian Grostic, de Cleveland, Ohio, se negó a realizar comentarios sobre el caso.
The Epoch Times se puso en contacto con el Departamento de Justicia de Estados Unidos para solicitar comentarios, pero no recibió respuesta al momento de esta publicación.
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