Una corte federal dictaminó el 28 de mayo que el presidente Donald Trump se excedió en sus competencias al declarar el estado de emergencia nacional para imponer aranceles generales a casi todos los socios comerciales de Estados Unidos a principios de este año.
En un fallo dictado el miércoles, la Corte de Comercio Internacional de EE. UU., una corte federal con sede en Nueva York, afirmó que no interpretaba que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) otorgara al presidente «la autoridad para imponer aranceles ilimitados a los productos de casi todos los países del mundo».
«La Constitución otorga al Congreso la facultad exclusiva de 'establecer y recaudar impuestos, derechos, gravámenes y exacciones' y de 'regular el comercio con las naciones extranjeras'», afirma la sentencia de la corte.
El 2 de abril, Trump declaró una emergencia comercial nacional invocando la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) para imponer un arancel básico del 10 por ciento a casi todas las importaciones que entran en Estados Unidos, así como gravámenes recíprocos más elevados a muchos países.
Esa ley le al presidente regular las importaciones, incluido el aumento de los gravámenes a la importación, en circunstancias extraordinarias, como una emergencia nacional.
Junto con el arancel básico, se impusieron aranceles recíprocos de hasta el 50 por ciento a determinados socios comerciales acusados de aplicar aranceles elevados a las importaciones estadounidenses, barreras comerciales no arancelarias o déficits comerciales sustanciales. Trump denominó estos aranceles «aranceles del Día de la Liberación» y afirmó que eran necesarios para garantizar la seguridad nacional, hacer frente a las prácticas comerciales desleales y proteger las industrias nacionales.
El 23 de abril, una docena de estados demandaron a la administración Trump ante la Corte de Comercio Internacional de EE. UU., argumentando que los aranceles globales del presidente estaban sujetos a sus «caprichos y no al ejercicio legítimo de su autoridad».
Los demandantes, que argumentaron que solo el Congreso tiene la autoridad para recaudar aranceles sobre las importaciones, son los fiscales generales de Arizona, Oregón, Colorado, Connecticut, Delaware, Illinois, Maine, Minnesota, Nevada, Nuevo México, Nueva York y Vermont.
«Al reclamar la autoridad para imponer aranceles inmensos y siempre cambiantes a cualquier mercancía que entre en Estados Unidos que él elija, por cualquier motivo que le parezca conveniente para declarar una emergencia, el presidente ha trastocado el orden constitucional y sumido en el caos a la economía estadounidense», escribieron los fiscales generales.
Semanas más tarde, la corte escuchó los argumentos tanto de la administración Trump como de un grupo de pequeñas empresas, que también habían presentado una demanda para impedir que entraran en vigor los aranceles globales del presidente.
En defensa de las empresas, Jeffrey Schwab alegó que Trump había llevado a cabo una ampliación sin precedentes de la autoridad ejecutiva.
El abogado del Departamento de Justicia, Eric Hamilton, afirmó que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional le permite al presidente no solo imponer aranceles, sino que su decisión escapa al control judicial.
La semana pasada, los 12 fiscales generales estatales solicitaron a la misma corte que bloqueara los aranceles de Trump.
En su fallo del miércoles, la Corte de Comercio Internacional dijo que concedía la moción de los demandantes para un fallo sumario sobre el caso. Los fallos sumarios se conceden si «el demandante demuestra que no existe una controversia genuina sobre ningún hecho material y que el demandante tiene derecho a un fallo como cuestión de derecho».
La corte afirmó que la concesión del fallo sumario hace que la moción de medida cautelar sea «irrelevante», ya que la administración Trump está perdiendo el caso en cuanto al fondo, lo que hace innecesaria la medida cautelar.
«La Corte sostiene, por las razones expuestas, que la IEEPA no autoriza ninguna de las órdenes arancelarias mundiales, de represalia o contra el tráfico. Las órdenes arancelarias mundiales y de represalia exceden cualquier autoridad otorgada al presidente por la IEEPA para regular las importaciones mediante aranceles», dictaminó la corte.
Esto significa que los aranceles relacionados con el fentanilo impuestos por Trump, que supusieron un gravamen del 25 por ciento a México, Canadá y China a principios de este año, también son ilegales en relación con la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA).
«Los aranceles contra el tráfico no son válidos porque no abordan las amenazas establecidas en esas órdenes», dictaminó la corte. «Se dictará sentencia sumaria contra Estados Unidos... Las órdenes arancelarias impugnadas serán anuladas y su aplicación se prohibirá de forma permanente».
La corte continuó: «No se trata aquí de una medida cautelar de alcance limitado; si las órdenes arancelarias impugnadas son ilegales para los demandantes, lo son para todos».
En respuesta a la sentencia, el portavoz de la Casa Blanca, Kush Desai, declaró a The Epoch Times que «no corresponde a jueces no elegidos decidir cómo abordar adecuadamente una emergencia nacional».
«El trato no recíproco de otros países hacia Estados Unidos alimenta los históricos y persistentes déficits comerciales de Estados Unidos. Estos déficits han creado una emergencia nacional que ha diezmado comunidades estadounidenses, dejado atrás a nuestros trabajadores y debilitado nuestra base industrial de defensa, hechos que la corte no ha rebatido», afirmó Desai.
La Administración Trump anunció que apelará la sentencia.
Sam Dorman, Jack Phillips y Katabella Roberts contribuyeron a este reportaje.
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